martes, 30 de octubre de 2018

INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO





INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO DE LOS MEXICANOS EN EL EXTRANJERO

Lugar: CDMX
Oficina: Juzgado Central en Arcos de Belén, Línea rosa CDMX.


Si te casaste en el extranjero, eres mexican@ y deseas que tu matrimonio tenga validez y registro en México ten cuidado con los requisitos y evalúa la mejor opción. 

En este caso, el matrimonio registrado en EUA, en Florida para ser más precisos, se realizó en 2015. No importa la nacionalidad de uno de los cónyuges siempre y cuando el otro sea mexicano. En el caso que ambos sean Mexicanos, el registro se realiza en el consulado sin problema alguno.


La pregunta es, por qué inscribir el acta de registro en México, como para qué te puede servir decirle al gobierno mexicano que te has casado en otro país y que deseas participarle al respecto. Pues bien, en mi caso,  y debido a los costos y requisitos propios de la burocracia mexicana, tuve que considerar dos opciones 1) Hago la inscripción cueste lo que cueste o 2) Me caso en México también y a veces hasta gratis. Para la primera opción y como leerán más adelante, la lista de requisitos y el precio me hicieron dar más de 3 vueltas a las oficinas centrales por que si una firma, que si una copia, que si la firma del testigo de la carta poder como que no se parece... etc.. etc.... Sin embargo, la razón para continuar hasta la conclusión del trámite fue que al inscribir el registro del extranjero, el matrimonio contraído en el 2015 se vuelve vinculante en México a partir de la misma fecha. Es decir, los bienes contraídos en México, o los actos realizados en 2015 por cualquiera de los cónyuges, se consideran hechos en matrimonio y tienen validez ante la autoridad mexicana en caso de residir en el país o cualquier juicio sobre patrimonio o custodia realizado con posterioridad.

Un ejemplo, si te casaste en EUA y no existe otro registro del matrimonio más que en EUA, y si adquiriste alguna propiedad en México, cuando quieras venderla, en México no existe registro de tu situación civil. Por lo que para efectos legales, puedes manejar tu propiedad como si fueras soltero y sin dividir tus bienes ante un divorcio. Claro, lo mismo ocurre si te vas a casar en otro país y no existe registro de matrimonio en tu país de origen. En fin, tiene sus ligeras excepciones, por ejemplo, si tienen registro consular en el extranjero, usualmente registran el estado civil de las personas, por lo que puedes aparecer en la base de datos mexicana como casado aunque no hayas registrado tu matrimonio.
En fin, la primera opción funciona en casos donde se tiene que demostrar la antigüedad del matrimonio para casos de residencia o incluso ciudadanía. La segunda opción, en mi opinión es por si se quieren ahorrar todo lo engorroso del punto 1 y no tienen problema con la antigüedad de su matrimonio en el futuro, o por otro lado, realizan ambos actos en fechas no tan distantes sin hacer diferencia significativa en el resultado.


Por lo anterior y dado que no hubo posibilidad de realizar el viaje a México para la segunda ceremonia en un lapso de tiempo no tan distante, elegimos el proceso de la inscripción que se realizó en 2018, así el matrimonio de 2015 iba tener antigüedad en México desde esta fecha y no en 2018 cuando los solicitantes pudieron viajar a México. Cabe destacar que en los consulados mexicanos en el extranjero, solo registran matrimonios entre ciudadanos mexicanos o mexicanos con extranjeros con residencia legal en el país.



Y así empieza la travesía, con esta hoja que amablemente nos dieron en el registro central de la CDMX en Arcos de Belén cuando una vez ahí presentes nos dijeron que SOLO se atiende con CITA.



Básicamente el documento contiene los requisitos que se pueden leer en la página de Internet y además el precio actualizado de los derechos a pagar. Siempre que vayan a hacer cualquier trámite, sugiero investigar mucho por Internet para darse una idea de lo que realmente va a suceder, o aventarse a ir a la dependencia directo a pedir informes. Porque nunca coincide lo que publican con lo que realmente te van a pedir (lean mi entrada sobre la residencia por vinculo familiar para mejor explicación).

Para empezar, cuando yo consulté los requisitos no había ningún formulario disponible para su llenado, y tampoco hacían mención a que te atienden únicamente con CITA, la cuál te dan para 2 semanas después en el mejor de los casos. En la versión octubre de 2018, ya hay un formulario para llenar y en el mismo hasta abajo dice "para la recepción de documentos debe solicitar cita a los teléfonos...."



 Es importante decir que la inscripción para la CDMX se hace ÚNICAMENTE en el Registro Central, si es para cualquier otro Estado, deben acudir al registro central de dicho Estado.  

En fin, busquen todos los requisitos, desde que se casan en el extranjero o incluso antes, si esos son sus planes, y esto porqué necesitan papelería, en este caso de EUA, antes de que los regresen porque les falto el sellito del guardia de la entrada.

Los requisitos según el portal y la hojita del Registro Central son:
  1. INE original y copia
  2. Acta de nacimiento del contrayente mexicano y copia
  3. Copia certificada del acta de matrimonio (apostillada o legalizada)
    1. si no está redactada en español, deben llevar Traducción por perito autorizado.
  4. Comprobante de domicilio de la CDMX a nombre del contrayente o de un familiar.
  5. Pago de derechos (pagar hasta que revisen los documentos/enfrente hay un banco) por $1155 pesos y $68 por cada copia certificada.
Se ve fácil, pero el humor de tu burócrata y su inteligencia juegan un papel importantísimo. En principio son esos requisitos y una copia de cada cosa. Les dejo la liga a los requisitos para que lean con detenimiento lo que tratan de explicarles.



ANTES DE SALIR DE EUA

Todo documento emitido por autoridades de cualquier país que requiera su reconocimiento oficial en México, necesita ser APOSTILLADO (sólo aplica para los países miembros de la convención sobre la apostilla de la Haya), EUA es miembro al igual que México, por lo que necesitas apostillar el acta de matrimonio (Certificate of marriage) que te dan en la Corte. Esta apostilla solo se realiza en el Departamento de Estado de cada Estado, al menos en la Florida, tienes que llenar una solicitud y enviar un cheque junto con tu documento original y un sobre pagado para que te regresen el documento apostillado. En mi caso, la apostilla me costó 30 dolares más gastos de paquetería. Ya que tienes las 3 hojas de la apostilla y tu documento original ya puedes ir a México a realizar el trámite. La apostilla tiene validez de 6 meses, así que tómalo en cuenta.


EN MÉXICO



Todo documento que no esté redactado en idioma español, debe ser traducido por un  PERITO avalado por el Tribunal de Justicia de cada Estado. Así que prepárate para la siguiente misión, buscar un perito avalado que tenga un sello (no es uno especial, es uno sello X que dice que está avalado por el TSJDF, vaya fraude pues a veces traduces mejor tú que el perito) esto te costará otra buena lana, por traducir las 4 hojas de mi trámite y a precio especial por ser conocido, me salió en $1000 MXN.



Ya tienes la mitad de los requisitos, la otra mitad depende de cuándo te den la cita para presentar tus papeles, la cual pides únicamente por teléfono. Agrega los demás requisitos (ver imagen 1) y NO PAGUES hasta que te revisen los papeles y te autoricen a pagar. Por la inscripción se pagan $1155 MXN. Si todo sale bien y si la persona que te atiende ese día desayunó y le brilló el sol, te resolverán el mismo día. Si tienes mala suerte, y la tipa te odia por ser bonita, ya valiste, y como me pasó a mí, tardarás 4 vueltas para que al fin quede resuelto.
¿Qué pasó? Resulta que la primera vuelta ya con cita, la traducción no llevaba el sello del perito, solo la firma y la cédula. Todo bien, pero necesitamos el sello. Segunda vez, ya con el sello, resulta que mi acta de matrimonio gringa decía hasta arriba "Application for marriage" y la señorita dijo que esa no era el acta final, sino que un formulario sin validez (nota: el papel tenía el sello dorado de la corte a la derecha, pero ella decía que no era valido) me dijo que tenía que llevar un "certificate of marriage". Total que me hizo llamarle a todo mundo en las cortes de EUA porque no me habían dado un acta valida, cómo es posible!!. Después que todo mundo me colgó el teléfono diciéndome que NO hay otro papel que valide mi matrimonio mas que el que me dieron, decidí volver y decirle a la tipa que por favor hablara con algún superior porque en EUA me habían dado el papel correcto. Esperé como 2 horas y según me pasaron al jefe de jefes (un tipo que se ve que le chingó duro para llegar a ser jefe ...sarcasmo). El señor muy déspota por cierto, me dijo "ya se le dijo que ese no es el papel, qué no entiende?" A lo que yo muy tranquila y segura de mi (aja) le expliqué lo que me habían dicho en gringolandia y después de mirar el papel por un minuto me dijo "ahhh ya se, este sí es el papel, pero lo que no está bien es LA APOSTILLA" Dafuck¡? Estaba a punto de recordarle a su progenitora, pero recordé que mi tramite no estaba listo aún, así que le hice me explicara qué cosa de la apostilla estaba mal. Entiendo que muchos funcionarios llegan por palanca y no tienen ni idea de lo que hacen, y la mayoría lo aprende mientras nos ponen en aprietos a los ciudadanos, pero de verdad que es culpa nuestra. En fin, voy de nuevo a molestar a los gringos con mis preguntas del porqué no me habían hecho una apostilla como debe ser, porque ellos (según el jefazo) se habían equivocado.
Para no hacerlo más grande, de nuevo me mandaron a volar diciéndome que no había otra forma de apostillar lo que yo les mandé, que dejara de fregar. Con eso fui de nuevo al Registro Central, ya bastante harta y molesta por la ineptitud de nuestros funcionarios, le dije de nuevo a la monita lo que me explicaron y porqué mis documentos si estaban bien, que por favor viera si alguien más podría ayudarme a solucionar el problema. Pues la misma tipa me dijo "si, están bien tus papeles, pero tienes que sacar cita"... Me encabroné y le empecé a decir que me traían a la vuelta y vuelta... etc..etc. Me dijo, está bien, venga mañana sin cita que se los van a recibir sin problema (en serio, me hizo ir de nuevo al día siguiente). Al día siguiente, me recibieron, me vieron feo por no traer cita, me lo hicieron de mala gana y con sus jetotas, pero al final quedó el registro CON TODOS LOS PAPELES QUE LLEVÉ DESDE LA PRIMERA VEZ más el sello del perito. 

Ya que estés inscrito, te darán una fotocopia del papel que hicieron, y te dirán que en un mes vayas a pedir tus copias certificadas si es que las necesitas. 



En este caso al menos, los atentos burócratas del Registro Central se llevan un 0 en atención al ciudadano, un 3 en conocimientos sobre su chamba diaria y un 0 en aprender de sus errores. En fin, recomendación, no vale la pena ponerse altaneros con estos servidores públicos, pero lo que SI es nuestra obligación es EVALUAR el servicio y la atención recibidas, para esto pregunten siempre el nombre de su burócrata, fecha, hora y tipo de incidente, y tómense el tiempo de levantar su queja en la contraloria de la función publica, manden e-mails a los buzones de quejas y sugerencias siendo muy precisos en los detalles. Creo que nuestra labor es esa, una queja no hace la diferencia, pero una queja de cada uno que ha sido maltratado por estas personas SI que puede hacer un cambio.

Siempre estoy abierta a comentarios constructivos e información para enriquecer y mejorar la experiencia en esta caótica pero hermosa CDMX.








viernes, 26 de octubre de 2018

Cuenta Bancaria para extranjeros



Cuenta bancaria para extranjero en la CDMX
Tiempo de resolución: mismo día
costo: desde $4000 para apertura.

Es increíble que ninguna institución bancaria en la Ciudad tenga opciones para residentes temporales e incluso turistas que desean adquirir un servicio bancario por cualquier razón. En nuestro caso, peregrinamos banco por banco para abrir una cuenta de ahorro, el uso de una tarjeta para comprar es mucho más práctico que traer efectivo. Sin embargo, en SANTANDER, BBVA, BANAMEX y BANORTE no hay opciones para que un NO residente permanente en México pueda tener acceso a este servicio (ni gratis ni de pago). 
Esto resultaba bastante frustrante, pero al fin encontramos DOS que sí ofrecían el servicio: HSBC con su cuenta STILO. El monto de apertura es de $4000 pesos y no te cobra comisiones si mantienes ese monto en la cuenta. Eso era justo lo que estábamos buscando, un lugar donde dejar tu dinero guardado mientras lo ocupas. En fin, para esta cuenta los requisitos solo para extranjeros son:+


  1. Pasaporte
  2. Residencia temporal
  3. Comprobante de domicilio
  4. El deposito inicial de al menos $4000 pesos.





La tarjeta te la entregan el mismo día y puedes comenzar a usarla 24 horas después mientras autorizan la cuenta.

El segundo banco es COPPEL, y seguramente BANCO AZTECA también . A diferencia de la anterior, aquí no hay monto mínimo, ni comisión ni manejo de cuenta y hasta puedes meter a inversión tus ahorros mientras los guardas.
Mismos requisitos:

1. Residencia temporal
2.Pasaporte
3. Comprobante de domicilio

Te entregan la tarjeta de inmediato, el costo del Plastico es de $30 pesos y también es una VISA  Que puedes usar donde sea.

martes, 23 de octubre de 2018

Licencia de conducir para extranjeros



Trámite en la Ciudad de México en cualquier Alcaldía.
COSTO 2018 $796 licencia Tipo A para vehículo o motocicleta
Tiempo de resolución: mismo día desde 2 horas dependiendo la cantidad de solicitantes.

En esta ocasión fuimos a realizar el trámite para adquirir la licencia de conducir para CDMX en la Alcaldía de Iztacalco, en Plaza Oriente, en donde se encuentra un modulo de la Tesorería y no es tan concurrido. El tiempo de espera fue de más de 2 horas por la fila en el kiosko de pago más que por el trámite en sí. A continuación los Requisitos sólo para extranjeros:


  1. Residencia Temporal/Permanente (Pasaporte y comprobante de estancia legal en el país para todos los demás casos)
  2. Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses y de la CDMX
  3. Comprobante de pago de derechos por $796




Con original y copia de los primeros 2 hay que llegar a la recepción de la Tesorería, ahí la persona les entregará una linea de captura y les dará el monto exacto (se actualiza cada año). Deben ir al Kiosko de pago dentro de la misma plaza para que se acredite de inmediato y puedan obtener su licencia el mismo día. En el kiosko siempre hay mucha gente, sugiero que si van dos personas, una se quede formada para pagar mientras la interesada va por la linea de captura.
Una vez hecho el pago (débito/crédito o efectivo), saquen copia al recibo y regresen a la recepción de Tesorería a entregar los documentos para que les den un turno.

Una vez con tu turno, solo espera a que te reciban la documentación, luego tomarán la foto oficial para la licencia y debes esperar para que te la entreguen unos 15 minutos más después de esto. 
Sin contratiempos tendrás tu licencia tipo A para conducir vehículos y motocicletas. 


jueves, 30 de agosto de 2018

RESIDENCIA TEMPORAL POR VINCULO FAMILIAR

CANJE DE DOCUMENTO MIGRATORIO 

Autoridad: Instituto Nacional de Migración, CDMX
Información general del trámite www.gob.mx/tramites/

Esta vez nos tocó realizar un trámite en el INM en la Ciudad de México, cabe destacar que este blog es informativo y es responsabilidad de quien lo consulta.

Nuestro caso específico se divide en varias partes que trataré de explicar en puntos.

El caso es un matrimonio entre Mexicana y Guatemalteco realizado en Estados Unidos, Cuyo lugar de residencia definitiva sería México. Partiendo de este escenario habría cosas que planear desde los Estados Unidos antes de llegar a México.

A)  Acudir al consulado mexicano correspondiente en el exterior para solicitar una VISA POR UNIDAD FAMILIAR (puesto que México pide visado a Guatemaltecos). Para esta visa se necesita el acta de matrimonio (certificate of marriage), Pasaportes y una fotografía tamaño pasaporte. La visa es entregada el mismo día y dura 6 meses y es válido ara UNA sola entrada a México.
Visa por Unidad Familiar con el sello de entrada a CDMX. Se lee "Residencia temporal" 


B) Una vez en México, INM te sella la visa en la entrada y te entrega una FMM con una vigencia de 30 días para canjearla por otra forma migratoria (residencia temporal).


Aquí todo parecía simple y sin mayor complicación; sin embargo, y aunque no me sorprende, ya en mi hermoso México todo comenzó a no fluir como quisiera, pues NADIE te informa de manera eficiente qué debes hacer y a dónde debes de ir, ni siquiera la página del INM donde tratan de describir a "detalle" los requisitos para cada trámite, cierto es que DEBES saber exactamente qué papel es el que deseas obtener para que esta información te sirva, y ésto es lo que no tiene claridad desde el punto A.


Primero debes elegir en qué delegación del INM vas a hacer el trámite. Luego, tratando de ahorrarnos las vueltas al INM traté de buscar toda la información disponible en el sitio oficial en el área de trámites. TODA la información parece estar bien organizada hasta que encuentras 2 tipo de residencias temporales para visa por unidad familiar, dos costos distintos, dos listas de requisitos que varían un poco entre sí etc, etc. Para no equivocarnos porque no sabíamos cual de los dos tipos de residencias necesitábamos, decidimos ir directamente al INM. En CDMX atienden en la delegación de Marina Nacional de 9am a 1pm, si llegas en tiempo pides ficha para que te den informes OJO, los informes empiezan después de la 1. No entiendo la razón de esto, y se me hace una pérdida de tiempo y gasto de recursos totalmente innecesario. En fin, nos dan la ficha, esperamos hasta la 1 y la chica muy amable nos dice, estos son los requisitos (imagen A) y pasen directo a la ventanilla de RENOVACIÓN cuando tengan todo. ¿En serio? esperé 2 horas para que me dieran una hoja con los requisitos y me dijeran que me formara en la ventanilla de enfrente!!!
Abajo en la imagen, la hoja que nos dieron con los requisitos subrayados por la chica, los apuntes en pluma por encima son míos, los puse cuando llevamos los documentos al otro día y NOS REGRESARON A SACAR COPIAS!!! No fue suficiente su hojita porque LE FALTAN REQUISITOS y debes tener todas las copias QUE NO TE DICEN que debes sacar.
Para suerte y como en todo edificio público, hay un lugar de copias que te salva la vida.



Imagen A Requisitos incompletos entregados en la oficina de INM



Por cierto, las fotos NO son para el trámite, sino para cuando te tomen las huellas.
Siguiendo con el viacrusis para obtener la residencia de mi esposo, y una vez que le recibieron sus documentos las instrucciones fueron "a su correo le va llegar la información de cuando se presente para la toma de huellas y ahí presenta sus fotos" NADA MÁS.


Pensamos "...en el correo que nos manden explicarán qué hay que hacer después" y esperamos el dichoso mensaje. 2 días después recibimos una notificación vía correo en el cual le decía que revisara los mensajes de su cuenta de acceso con su NUT y una clave que le dieron. Revisó y este fue el papel que había en la bandeja de mensajes:


Oficio de notificación. No se leen instrucciones posteriores

Espero se lea bien que en NINGUNA parte del documento hay instrucciones de qué hacer, qué significa ese papel, a dónde tengo que ir o esperar alguna otra instrucción. Al leer esto pensamos "...nos están avisando que aprobaron tu situación migratoria, pero no da más instrucciones, seguro van a mandar otro papel o un correo con lo que hay que hacer" esperamos una semana y nada, luego llamamos a los 15 días y nos dijeron que lleváramos un formato impreso para que nos tomaran las huellas aunque no nos hayan mandado instrucciones, luego volvimos a llamar a las semana y nos confirmaron que teníamos que esperar el oficio donde nos pidieran presentarnos y no había que llevar ningún formato de huellas y que eso demoraba hasta 30 días hábiles.
Toda esta mala información nos hizo dudar, así que decidimos ir a preguntar al pasar los 30 días hábiles de plazo máximo para una respuesta. Ya en el INM preguntamos en la fila de "Toma de huellas dactilares" qué documentos pedían para tomar las huellas. Oh sorpresa cuando nos dicen que necesitamos ese oficio que nos llegó al día 2 de presentar el trámite (leáse que no hay instrucciones de ningún tipo en el documento), el pasaporte y las fotos.
Afortunadamente llegamos con tiempo para ir a imprimir el oficio y hacer la toma de las huellas para que entregaran la credencial de residente temporal al día siguiente.

Lo último de este pasaje de nuestras vidas es que una vez que te dan el documento eso es todo, ninguna instrucción, ninguna orientación de tus obligaciones o derechos por este estatus migratorio. Cabe destacar que esta residencia temporal es por 1 año y después del segundo año se puede pedir la residencia permanente (esto lo investigamos nosotros) así también, no tiene permiso de trabajo en el país, ese es otro trámite. 
Espero esta información les de una idea de lo que tienen que hacer, lo más importante es que vayan directamente a la oficina del INM y hagan todas las preguntas que se les ocurran y tengan mucha paciencia.

suerte